Pagos de Colegiaturas por
servicios de enseñanza de educación básico y medio
superior.
¿Para quienes Aplica este Beneficio?
Estímulo
fiscal a las personas físicas residentes en el pais que obtengan ingresos de
los establecidos en el Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
¿De que se trata de este Beneficio?
Por los
pagos por servicios de enseñanza correspondientes a los tipos de educación
básico y medio superior a que se refiere la Ley General de Educación,
¿Cual es el limite anual de pagos por colegiaturas?
Nivel
educativo
Límite
anual de deducción
Preescolar
$14,200.00
Primaria
$12,900.00
Secundaria
$19,900.00
Profesional técnico
$17,100.00
Bachillerato o su equivalente
$24,500.00
¿El estímulo aplica sólo a las colegiaturas de los hijos del contribuyente?
Para el contribuyente, para su cónyuge o para la persona con
quien viva en concubinato y para sus ascendientes o sus descendientes en línea
recta, siempre que el cónyuge, concubino, ascendiente o descendiente de que se
trate no perciba durante el año de calendario ingreso en cantidad igual o
superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área
geográfica del contribuyente elevado al año.
Los adoptados se consideran como
descendientes en línea recta del adoptante y de los ascendientes de
éste. Lee la 2 parte del Articulo.
Fundamento Legal
LISR
Nivel
educativo
|
Límite
anual de deducción
|
Preescolar
|
$14,200.00
|
Primaria
|
$12,900.00
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Secundaria
|
$19,900.00
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Profesional técnico
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$17,100.00
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Bachillerato o su equivalente
|
$24,500.00
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¿El estímulo aplica sólo a las colegiaturas de los hijos del contribuyente?
Para el contribuyente, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o sus descendientes en línea recta, siempre que el cónyuge, concubino, ascendiente o descendiente de que se trate no perciba durante el año de calendario ingreso en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.
Los adoptados se consideran como
descendientes en línea recta del adoptante y de los ascendientes de
éste. Lee la 2 parte del Articulo.
Fundamento Legal
LISR